Código Nacional de Policía en la Propiedad Horizontal

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Cuando se habla sobre gestión de copropiedades, uno de los temas más importantes es la convivencia, por eso, es fundamental que las normas para garantizar que los involucrados en la comunidad puedan cohabitar se deben encontrar consignadas y reguladas por el manual de convivencia, el cual debe estar estipulado en el reglamento de la copropiedad. Esto permite determinar las formas en que los copropietarios pueden incurrir en sanciones. 

No obstante, los administradores de propiedad horizontal deben ser conscientes y tener conocimiento de aquellos casos en los que también se incurren en faltas que pueden incumplir las leyes de nuestro país, como las que se encuentran en el Código Nacional de Policía y Convivencia. Dicha normatividad en vigencia aplica a todo tipo de inmuebles como edificios o conjuntos residenciales y ayuda a determinar las disposiciones para que la convivencia dentro de estas propiedades sea más llevadera para todos los involucrados.  

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El Código Nacional de Policía y Convivencia se convierte en un apoyo para el administrador y el consejo, ayudando a que sean claros todos los derechos y obligaciones que tienen cada uno de los residentes, propietarios o visitantes a la copropiedad. Dentro de la propiedad horizontal, el código toca 3 puntos principales: 

  1.  La tenencia de mascotas.

La norma establece que está prohibida la tenencia de caninos cuyas razas sean consideradas potencialmente peligrosas en la propiedad horizontal, salvo que el o los propietarios dueños de estas mascotas soliciten autorización a la asamblea y estas lo decidan en una votación de unanimidad de tres cuartas partes de la misma. De lo contrario, no se podrá prohibir a los residentes tener mascotas domésticas dentro de sus propiedades. 

Otra norma del Código Nacional de Policía y Convivencia, habla sobre la obligación por parte los residentes de llevar a sus mascotas con correa al momento de sacarlos a pasear, y en el caso de aquellos considerados potencialmente peligrosos aparte del permiso mencionado anteriormente, deben llevar siempre bozal. Además, es obligatorio recoger los excrementos de las mascotas en las zonas comunes de la copropiedad, ya que si no se realiza podría acarrear sanciones para el dueño. 

  1. Alterar la tranquilidad de la comunidad.

En caso de existir algún tipo de perturbación de la tranquilidad en la copropiedad con ruidos que generen molestias como fiestas, maquinaria de construcción u otro tipo de sonidos en horarios no permitidos, la policía podrá intervenir y tomar las medidas necesarias para restablecer y garantizar la tranquilidad dentro de la copropiedad. 

  1. Consumir bebidas embriagantes y sustancias ilegales.

El Código Nacional de Policía prohíbe el consumo de estas sustancias en el espacio público zonas comunes de las copropiedades, en el caso de las sustancias embriagantes, solo se podrán consumir en los espacios habilitados por la administración para ello, como salones sociales, siempre y cuando no afecte la tranquilidad de la comunidad. 

En cuanto a lo que se refiere a los centros comerciales, el Código de Policía contempla las situaciones en las que se presenten aglomeraciones con un mínimo de condiciones y el permiso de la autoridad.

La Policía tiene como deber frente a estas normativas, actuar de forma conciliadora y lograr resolver conflictos que se presenten en las copropiedades siempre y cuando sea necesario, debido a que las primeras autoridades encargadas de garantizar la sana convivencia y orden son el administrador y el consejo mediante la aplicación del reglamento interno de la copropiedad. 

Cumplir el Código Nacional de Policía debe ser responsabilidad de cada copropietario, sin embargo, el administrador y consejo son los órganos encargados de constatar el cumplimiento del mismo en las diferentes zonas de la copropiedad. 

Escrito por: David Quintero

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