¿Cuáles son las funciones de un revisor fiscal en la Propiedad Horizontal?

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Muchas veces, no se tiene muy claro en qué ocasiones debe intervenir y actuar el Revisor Fiscal, así como la claridad en su nombramiento y el alcance de las funciones que se le asignan.

Por lo general, se cree que el trabajo del Revisor Fiscal en la Propiedad Horizontal, simplemente se basa en revisar los estados financieros de la copropiedad. Sin embargo, sus labores también son diferentes actividades de control y vigilancia, permitiendo a los copropietarios con base a sus pronunciamientos, solicitar a los órganos de administración y gobierno la correcta aplicación de la Ley y el reglamento.

Es importante que copropietarios de una Propiedad Horizontal o administradores de edificios conozcan las funciones del Revisor Fiscal, además de entender la normativa legal que permite establecer dichas funciones y los alcances de las mismas dentro de la copropiedad.

Funciones del Revisor Fiscal:

  • Verificar las operaciones: Asegurarse que las operaciones que se celebren dentro de la copropiedad se ajusten a las prescripciones de los estatutos, así como a las decisiones de la asamblea general y del consejo de administración.
  • Informar oportunamente: Comunicar a la asamblea, al consejo de administración o al administrador, según amerite el caso, cualquier tipo de irregularidad que ocurra y pueda perjudicar el correcto funcionamiento de la copropiedad.
  • Cooperar con las entidades: Colaborar con las entidades gubernamentales que realicen un trabajo de inspección y vigilancia de la copropiedad.
  • Velar por la contabilidad: Vigilar por que se lleve de forma adecuada la contabilidad y las actas de reuniones de la asamblea, del consejo de administración, además de garantizar que se conserven debidamente la correspondencia y los comprobantes de las cuentas.
  • Llevar un control de los bienes: Inspeccionar regularmente los activos de la copropiedad, procurando que se tomen oportunamente las medidas de conservación o seguridad de estos y todos aquellos que hagan parte de la propiedad administrada. 
  • Dar instrucciones: Impartir las instrucciones, así como practicar las inspecciones y solicitar los informes que permitan establecer un control constante sobre los activos de la copropiedad.
  • Autorizar: Informar y auditar con su firma los estados financieros de propósito general con su dictamen o informe correspondiente.
  • Convocar: En caso de creerlo necesario, estará en la potestad de convocar a la asamblea a reuniones extraordinarias.

Por último, es importante tomar en cuenta que además de las funciones que se encuentran establecidas en el artículo 207 del Código de Comercio, también se deberán considerar todas aquellas responsabilidades que sean dispuestas en los estatutos de la copropiedad, aclarando que nunca se exceda el alcance de la revisoría fiscal como institución fiscalizadora y tampoco se asignen funciones correspondientes a otros organismos dentro de la copropiedad.

Escrito por: David Quintero

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